«Bio-ética» = «ética de la vida»

La confirmación precisa y firme del valor de la vida humana y de su carácter inviolable, irreductible, que por su valor intrínseco, reclama ser tratada con amor de benevolencia.
La responsabilidad de la promoción y defensa del derecho a la vida, un compromiso existencial y práctico a favor de todas las personas, en especial, de los más débiles
Argumentar auténticamente la existencia y la condición espiritual del alma humana en diálogo real con las ciencias biomédicas contemporáneas.
Es una ciencia moral, no técnica, que ofrece criterios éticos a las ciencias experimentales sobre la vida.

lunes, 13 de abril de 2009

La Tortura

La tortura

También en esta materia ha habido un cambio en la apreciación ética, al menos en Occidente. En el campo doctrinal, los moralistas han estudiado la tortura después del homicidio. Y, si eran favorables a la pena de muerte, también legitiman -en algunos supuestos- la tortura (II, 724-726). Pero en la actualidad se la condena sin excep­ción. Pablo VI la rechaza con estas severas palabras:
«La Iglesia y los creyentes no pueden permanecer insensibles e inertes ante la multiplicación de las denuncias de torturas... ¿Por qué la Iglesia de la misma manera que lo ha hecho respecto del duelo y lo sigue haciendo con el aborto, no toma una posición severa frente a la tortura y a las violaciones análogas infringidas a la persona humana? Los que los ordenan o las practican cometen un crimen» (Discurso al Cuerpo Diplomático, 14-1-1978).
El Catecismo de la Iglesia Católica la condena con el mismo rigor y la califica de «contraria al respeto de la per­sona y de la dignidad humana» (CEC, 2297). Y, dado que no es fácil comprender las justificaciones que la tortura tuvo en otras épocas, añade estas precisiones históricas:
«En tiempos pasados, se recurrió de modo ordinario a prácticas crueles por parte de autoridades legítimas para mantener la ley y el orden, con frecuencia sin protesta de los pastores de la Iglesia, que incluso adoptaron, en sus propios tribunales las prescripciones del derecho romano sobre la tortura. Junto a estos hechos lamentables, la Iglesia ha enseñado siempre el deber de clemencia y miseri­cordia; prohibió a los clérigos derramar sangre. En tiempos recientes se ha hecho evidente que estas prácticas crueles no eran ni necesarias para el orden público ni conformes a los derechos legítimos de la persona humana. Al contrario, estas prácticas conducen a las peores degradaciones. Es preciso esforzarse por su abolición, y orar por las víctimas y sus verdugos» (CEC, 2298).
La absoluta condena de la tortura por parte de la ética teológica actual tiene dos fuentes: la sensibilidad acerca de la dignidad del hombre y los ultrajes a los que se han visto sometidas innumerables personas en no pocos luga­res. Las descripciones que hacen las víctimas que han sido sometidas a tortura evoca el adjetivo «brutal», pues al hombre se le trata como a un bruto, peor aún que a los animales.
La misma condena merecen las manipulaciones psíquicas. La perfección técnica a que han llegado estas prác­ticas agravan aún más el juicio condenatorio.

(extraido del texto Pbro Luis Rifo F.)

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